Antecedentes Históricos

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) es una institución de carácter científico, adscrita al Ministerio de Cultura. 

Desde su creación a partir del Servicio Arqueológico Nacional (1938), del Instituto Etnológico Nacional (1941) y de la fusión con el Instituto Colombiano de Cultura Hispánica (1999), el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) ha sido reconocido por la comunidad científica como la entidad encargada de proteger, conservar, divulgar e investigar el patrimonio arqueológico, antropológico e histórico de la nación.

Inicialmente, tras la fusión del Servicio Arqueológico y del Instituto Etnológico Nacional en 1952, asumió el nombre de Instituto Colombiano de Antropología (ICAN) como dependencia del Ministerio de Educación Nacional, y en 1968 entró a formar parte del Instituto Colombiano de Cultura (Colcultura).

En el año 1994 el Instituto se articuló al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y se integró al Consejo del Programa Nacional de Ciencias Sociales y Humanas de Colciencias (hoy Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación). A partir de 1997 se estructuró como Unidad Administrativa del Ministerio de Cultura.

Paralelamente, en 1997, el Instituto Colombiano de Cultura Hispánica (ICCH), creado en 1951 con el objeto de divulgar la herencia cultural de España, pasó a ser un establecimiento público adscrito al Ministerio de Cultura, y en 1999 se fusionó con el ICAN para formar el actual Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH).

De este modo, el ICANH, a lo largo de su existencia, desde sus funciones misionales y su gestión administrativa ha velado por la protección del patrimonio del país y ha promovido espacios para la investigación, así como para la generación y divulgación de conocimiento técnico y científico en estas áreas.

Martes, 24 de Noviembre de 2020

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.