Parque Arqueológico Santa María de la Antigua del Darién

Santa María de La Antigua del Darién fue la primera ciudad que los españoles fundaron en tierra firme, bajo el liderazgo de Vasco Núñez de Balboa y Martín Fernández de Enciso, en 1510. Se convirtió en la capital del territorio de Castilla de Oro, hasta la fundación de la ciudad de Panamá por Pedrarias Dávila en 1519. Pocos años después del traslado de la capital a la Ciudad de Panamá, Santa María de La Antigua fue paulatinamente abandonada, y en 1524 fue asaltada y quemada por los indígenas.

Allí los primeros conquistadores del Nuevo Mundo se enfrentaron a diferentes retos de adaptación y de dominación del entorno y de los pueblos originarios. Este primer contacto con los europeos implicó para las poblaciones nativas trabajo forzoso, despojo y esclavitud, lo que las llevó casi a la extinción.

El proyecto arqueológico en el lugar donde se encontraba Santa María de La Antigua del Darién, impulsado por el Ministerio de Cultura y el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) desde el 2013, ha permitido ubicar las dos partes que constituyeron el asentamiento: Darién y Santa María de La Antigua, además de pisos de vivienda, calles y fragmentos de la cultura material indígena y europea expuestos en el museo.

A partir de estas investigaciones, Santa María de La Antigua del Darién ha sido declarada bien de interés cultural (BIC) en el año 2015 y parque arqueológico nacional en el 2016.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.