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Invitamos a conocer las tarifas vigentes de ingreso a los parques arqueológicos San Agustín, Alto de los ídolos, Alto de las Piedras y Tierradentro

Saturday, 29 de January de 2022
A partir del 1.° de febrero de 2022 se habilitaron nuevamente las tarifas vigentes de ingreso a los parques arqueológicos San Agustín, Alto de los ídolos, Alto de las Piedras y Tierradentro.
A través de la Resolución 1379 del 8 de octubre de 2021, el ICANH fijó las tarifas de ingreso a los parques arqueológicos San Agustín, Alto de los ídolos y Alto de las Piedras, ubicados en el departamento de Huila, y al Parque Arqueológico Tierradentro, en el de Cauca.
Entre los aspectos relevantes de esta resolución se destaca la exoneración del pago a niños menores de cinco años, a los colombianos o extranjeros residentes en el país que hayan cumplido 62 años de edad, a las personas oriundas de la región en la que se encuentra ubicado cada parque, a los reservistas y veteranos de la fuerza pública colombiana, así como a discapacitados, viudas, huérfanos o padres de los miembros de la fuerza pública, y a los guías turismo.
De igual manera, también se destaca que el boleto de entrada al parque San Agustín funciona para ingresar a los de Alto de los Ídolos y Alto de las Piedras y viceversa, y que este tiene una validez de dos días, al igual que el boleto de acceso al Parque Arqueológico Tierradentro.
Los invitamos a tener en cuenta las fechas de cierre programadas por el ICANH para los parques arqueológicos que administra. Consúltelas aquí.
A continuación les presentamos las tarifas oficiales vigentes que entraron a regir nuevamente a partir del 1.° de febrero de 2022.
TARIFAS VIGENTES
TIPO DE TARIFA
CONCEPTO
VALOR POR PERSONA
GENERAL
Personas de 12 años em adelante
TREINTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ( 35.000)
ESTUDIANTES
Estudiantes de instituciones públicas o privadas de Colombia de los niveles básico, técnico o universitario (que presenten carné vigente o documento equivalente que lo acredite)
Niños de 6 a 11 años (que presenten documento de identidad o algún otro que permita verificar la edad
Personas en condición de discapacidad (deben aparecer calificadas como tales en el carné de afiliado al Sistema de Seguridad en Salud, ya sea del régimen contributivo o subsidiado)
QUINCE MIL PESOS M/CTE (15.000)
EXTRANJEROS
Personas mayores de edad con nacionalidad distinta a la colombiana
CINCUENTA MIL PESOS M/CTE (50.000)