Comentarios ciudadanos: actualización de los Términos de Referencia para los Programas de Arqueología Preventiva y el Modelo de Datos para Arqueología V5

Lunes, 29 de Diciembre de 2025

El Programa de Arqueología Preventiva (PAP) es el conjunto de procedimientos de obligatorio cumplimiento cuyo fin es garantizar la protección del patrimonio arqueológico existente en los polígonos registrados de aquellos proyectos, obras o actividades que requieren licencia ambiental, están sujetos a la aprobación de Planes de Manejo Ambiental o en aquellos en los que los responsables de los mismos así lo soliciten. Lo anterior se establece conforme a lo dispuesto en la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, el Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto 139 de 2019 y la Resolución 1337 del 2021.

De esta manera, el propósito de este programa es identificar y caracterizar bienes y contextos arqueológicos, para evaluar los impactos que se puedan generar sobre el patrimonio arqueológico debido a la ejecución y operación de los proyectos, obras o actividades anteriormente mencionadas, así como formular e implementar las medidas de manejo arqueológico correspondientes para los polígonos específicos registrados.

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH dio a conocer, entre el 8 y el 30 de octubre de 2025, para participación de la ciudadanía, la actualización de los “Términos de Referencia para los Programas de Arqueología Preventiva”, el Modelo de Datos para Arqueología – versión 5 y el borrador de la Resolución “Por la cual se deroga la Resolución 1337 de 2021 y se adoptan los Términos de Referencia para los Programas de Arqueología Preventiva y el Modelo de Datos para Arqueología versión 5”.

Como resultado de este mecanismo de participación, se elaboró la matriz de comentarios y sus respectivas respuestas, la cual puede consultar y descargar en el siguiente enlace: Matriz de respuesta a comentarios ciudadanos TR PAP

Scroll to Top

Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.