Conozca y comente el Protocolo de sensores remotos aplicados en contextos arqueológicos

Protocolo de sensores remotos aplicados a la arqueología

Jueves, 14 de Octubre de 2021

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) invita a la ciudadanía y los grupos de interés a consultar y a comentar el protocolo Sensores remotos aplicados en contextos arqueológicos ICANH 2021. El plazo para realizar aportes a este documento es el próximo viernes 22 de octubre.

 

El protocolo Sensores remotos aplicados en contextos arqueológicos del ICANH es el resultado de un proceso de revisión de metodologías usadas a nivel nacional e internacional para obtener información arqueológica y patrimonial con base en procesamiento de imágenes espaciales y geofísicas obtenidas a través de sensores remotos, que son tecnologías no intrusivas que  han sido utilizadas recientemente en el estudio de materiales y contextos arqueológicos con fines de investigación. Estos sensores remotos ofrecen la posibilidad de acceder a datos tales como fotografías aéreas, imágenes satelitales, y otras técnicas a nivel geofísico, geoeléctrico, magnético y electromagnético que han brindado herramientas importantes para el estudio, conservación, prospección y protección del patrimonio arqueológico del país. 

Este protocolo se propone servir de guía para la entrega de datos levantados a partir del uso de estas tecnologías en el marco de intervenciones arqueológicas y proyectos que así lo requieran.

Hasta el próximo viernes 22 de octubre de 2021 estará habilitando este documento para que pueda ser consultado y comentado por la ciudadanía en general, quienes podrán hacer sus comentarios en relación con este protocolo a través del formulario dispuesto para tal fin.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.