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Nuevo director del ICANH

Miércoles, 18 de Marzo de 2015

Ernesto Montenegro asume la dirección general del ICANH, luego de ser posesionado por la Ministra de Cultura.

“Nos trajimos a un experto en patrimonio sumergido, una prioridad del Gobierno nacional y que requiere de una persona que tenga la experticia sobre el tema como lo es Ernesto Montenegro, antes subdirector del ICANH”, Mariana Garcés.

“Hemos llegado con un proyecto colectivo que se trabajó con Fabián Sanabria, vislumbrando un horizonte que no era fácil en el tema de la arqueología y creo que haber incorporado el Patrimonio sumergido en la agenda cultural es un paso mayor que hace el país”. Mi apuesta es trabajar en un Instituto que esté Vinculado al trabajo por un mejor país, tenemos una responsabilidad de orden nacional, trabajamos con Fabián e insistimos que las entidades públicas deben ser institutos colombianos”. Ernesto Montenegro.

 

Ministra de Cultura Inaugura obras en San Agustín

 

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Ernesto Montenegro es Antropólogo de la Universidad Nacional de Colombia, Magister en Antropología social y Etnología en la Universidad de la Sorbonne (Paris I) y estudios de Maestría en Arqueología Naval Mediterránea (en la Universidad de Barcelona).

Tiene además un Doctorado en Antropología Social e Historia de la Universidad de Paris IV, Sorbonne. Se ha desempeñado como docente en la Universidad del Tolima, la Universidad de la Amazonía y como investigador en proyectos de Arqueología del Chiribiquete, Pescadores y humedales en el Magdalena medio, temas de Patrimonio en Colombia, entre otros.

Algunas de sus principales tareas como Subdirector Científico del ICANH durante tres años, fueron: Dirigir y coordinar la ejecución de los proyectos de investigación en materia de antropología social y cultural, bioantropología, arqueología, lingüística, historia y etnohistoria.

Ministra de Cultura Inaugura obras en San Agustín

 

 Decreto 460 del 17 de Marzo de 2015 nombramiento Ernesto Montenegro Director del ICANH.pdf

 

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.