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El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación reconoce al ICANH como instituto de investigación

Jueves, 17 de Febrero de 2022

    • El reconocimiento como actor del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) le fue otorgado al ICANH por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Minciencias) por un período de 5 años, mediante la Resolución 0115 del 15 de febrero de 2022.
    • Gracias a este logro, resultado de un trabajo interno que inició en 2020, el ICANH tiene la oportunidad de establecer relación y comunicación horizontal con institutos públicos y privados que forman parte del SNCTI, y fortalecer los procesos de investigación al interior de la entidad.

 

Bogotá, D. C., 17 de febrero de 2022. El Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) recibió el reconocimiento como instituto público de investigación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) por un periodo de 5 años mediante la Resolución 0115 del 15 de febrero de 2022 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Minciencias).

De acuerdo con la política nacional de actores del SNCTI, los institutos o centros de Investigación son “organizaciones públicas o privadas dedicadas a la generación de conocimiento fundamental para el país, mediante proyectos de investigación científica básica y/o aplicada en líneas de investigación específicas”. 

Si bien el ICANH como entidad pública adscrita al Ministerio de Cultura ya formaba parte de la política nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación por aportar al desarrollo de lineamientos de política pública mediante la investigación, generación y divulgación de conocimiento técnico y científico en áreas como antropología, arqueología e historia, y ser la máxima autoridad en materia de patrimonio arqueológico de la nación, aún no contaba con un reconocimiento ante Minciencias como instituto de investigación.

Es así que el ICANH en 2020 inició el proceso para cumplir las etapas de autodiagnóstico y evaluación, necesarias para llevar a cabo el proceso de postulación para recibir el reconocimiento como actor del SNCTI.

Después de dos años de trabajo, y tras elaborarse el plan de mejoramiento con base en las indicaciones de Minciencias, el ICANH realizó formalmente la postulación, y posteriormente superó las fases de autodiagnóstico y evaluación para ser reconocido como actor del SNCTI. 

Durante estos 5 años, el ICANH implementará el plan de mejoramiento y desde Minciencias se llevará a cabo el seguimiento para verificar su desempeño como instituto de investigación. 

El reconocimiento del ICANH como actor del SNCTI lo pone a un mismo nivel con entidades como el Instituto Humboldt, el Servicio Geológico Nacional, el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas (SINCHI) o el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras José Benito Vives de Andréis (Invemar), le abre la posibilidad de establecer alianzas y diálogos horizontales con centros e institutos que se encuentran vinculados al sistema, y le da la oportunidad de establecer alianzas o convenios, o de acceder a rubros para investigación. Es responsabilidad del ICANH mantener este reconocimiento.

Consulte la Resolución 0115 del 15 de febrero de 2022, “por la cual se concede el reconocimiento como Centro de Investigación al Instituto Colombiano de Antropología e Historia-ICANH”.

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Glosario

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 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

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 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.