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Aclaraciones del ICANH sobre actos administrativos de notificación de aprobación en el Registro Nacional de Arqueólogos

Martes, 10 de Noviembre de 2020

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) se permite hacer las siguientes aclaraciones acerca de los actos administrativos mediante los cuales se les notifica a los/as profesionales su inscripción en el Registro Nacional de Arqueólogos.

El Registro Nacional de Arqueólogos (RNA) es el procedimiento mediante el cual profesionales le solicitan al ICANH la evaluación de su idoneidad en Arqueología con el fin de adelantar intervenciones al patrimonio arqueológico de la nación. Después del proceso de evaluación, las personas que hayan aprobado el proceso son registradas en la base de datos del aplicativo Geoparques, en la sección “Registro Nacional de Arqueólogos”.

Desde el 2017, año en el que entró en funcionamiento el RNA, hasta el 8 de enero de 2020, las personas a las que se les aprobó su ingreso al Registro recibieron un correo electrónico de notificación de aceptación. Desde esta fecha en adelante se notifica la aprobación por medio de una resolución. 

En razón a lo anterior, el ICANH se permite aclarar que el correo electrónico que se envió a los/as profesionales inscritos/as en el RNA entre el año 2017 y el 8 de enero de 2020 tiene la misma validez que la resolución de aprobación que se les está enviando actualmente, y que ambos documentos (correo y resolución) son actos administrativos que cuentan con la misma validez para certificar la aprobación de una persona en el RNA.

De acuerdo con lo conceptuado por el Departamento Administrativo de la Función Pública en comunicación enviada al ICANH con fecha del 18 de marzo de 2016, “las partes interesadas en verificar que un profesional se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Arqueólogos deberán hacerlo mediante la consulta del Sistema de Geoparques, y no debería solicitar la presentación física de un carné de acreditación de dicha condición, dado que la consulta en el registro es suficiente”. De este modo, el ICANH informa que la forma más expedita para que las empresas o cualquier ciudadano interesado puedan verificar la aprobación de un/a profesional en el RNA es consultando la base de datos que se encuentra disponible en la ruta www.icanh.gov.co  // Registro Nacional de Arqueólogos // Registro en línea, o en el siguiente enlace: http://geoparques.icanh.gov.co/geoparques/ 

Cualquier inquietud sobre el RNA puede ser remitida al correo rna@icanh.gov.co

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.