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Conoce la nueva documentación del Programa de Arqueología Preventiva

Martes, 25 de Febrero de 2020

Ya están disponibles en el portal institucional del ICANH los documentos necesarios para adelantar los trámites correspondientes a las solicitudes de registro de Programa de Arqueología Preventiva. 

Por medio de la Resolución 297 de 2019, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) adoptó el formulario a través del cual se lleva a cabo la solicitud de registro del Programa de Arqueología Preventiva. Mediante la Resolución 041 de 2020, se adoptó la nueva versión del formulario que entró en vigencia el pasado 14 de febrero.

Estas modificaciones incluyen una nueva versión del formulario de registro y el modelo de datos para arqueología a través del cual se deben entregar los «shapefile” de los polígonos registrados.

Estos documentos están disponibles para su descarga en el portal institucional en el botón Programa de Arqueología Preventiva y deben ser diligenciados y radicados en formato físico y digital en la oficina de correspondencia junto con la documentación pertinente. Hay que aclarar que a partir del 14 de febrero, fecha de la publicación de la resolución, las solicitudes se deberán tramitar utilizando el formulario y el modelo de datos correspondiente. 

Conoce aquí el contenido de la resolución y los formatos que se deben diligenciar. Para mayor información, pueden contactarse al teléfono 444 0544 ext. 1224.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.