Te puede interesar

ICANH da la bienvenida a SINTRAICANH​

Nos complace informar que el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH ha iniciado su primer proceso de negociación colectiva con el Sindicato de Trabajadores del ICANH – SINTRAICANH.

 

El sindicato fue conformado el 9 de diciembre de 2024 y su creación fue notificada oficialmente al Instituto el 10 de diciembre del mismo año. Esta noticia fue recibida con apertura y disposición, desde la certeza de que el fortalecimiento de los espacios de participación sindical aporta positivamente a nuestra vida institucional.  

 

El pasado 31 de marzo, SINTRAICANH radicó su pliego de peticiones, que reúne las propuestas de las y los trabajadores, con el objetivo de establecer un diálogo constructivo, orientado a mejorar las condiciones laborales en el Instituto. Posteriormente, el 11 de abril se dio inicio formal al proceso de negociación colectiva, con la participación de los equipos designados, a quienes les ha sido encomendada la labor de alcanzar acuerdos que respondan a las peticiones del Sindicato, dando cumplimiento a los fines constitucionales de la negociación colectiva. 

 

Desde el Comité Directivo reiteramos nuestro compromiso de garantizar un proceso transparente, respetuoso y enfocado en alcanzar acuerdos viables y equitativos. Reafirmamos nuestra voluntad de promover y respetar la libertad sindical y el derecho de asociación en el Instituto, como derechos humanos fundamentales reconocidos en la Constitución, la legislación nacional y desarrollados en el Decreto 243 de 2024. 

 

Esta primera negociación colectiva representa un hito para el ICANH, que se suma al compromiso institucional con el fortalecimiento de las relaciones laborales y el reconocimiento pleno de los derechos de las y los trabajadores. Confiamos en que este camino de diálogo contribuya a seguir consolidando un entorno laboral basado en el respeto, la participación y la corresponsabilidad. 

 

Seguiremos trabajando con responsabilidad y apertura, en beneficio del Instituto y de todas las personas que lo integran. 

Comité Directivo del ICANH

Scroll to Top

Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.