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Desanclaje de pines de escalada en el Área Arqueológica Protegida El Abra

2 de febrero de 2024, Tocancipá. En diciembre del 2023, gracias a los acuerdos establecidos entre los dueños del predio ubicado en el municipio de Tocancipá,  un grupo de escaladores de la región y el ICANH, con mediación de la Fundación Edenes de Colombia, se realizó el desanclaje de pines de escalada ubicados en cercanías de arte rupestre presente en este predio del área protegida, bajo un procedimiento que se definió de manera conjunta entre el ICANH y el grupo de escaladores, con el fin de mitigar cualquier posible afectación adicional.

Área Arqueológica Protegida El Abra

Esta área fue reconocida como Monumento Nacional mediante la Resolución No. 4 de 1972 y declarada Área Arqueológica Protegida por la Resolución 304 de 2018 del ICANH.

El Área Arqueológica Protegida El Abra es uno de los lugares más icónicos del poblamiento temprano, no sólo de la Sabana de Bogotá, sino también de Colombia y el continente. Evidencia de esto son los depósitos de materiales arqueológicos que han sido identificados en la zona gracias a investigaciones previas, las cuales han documentado que el Valle del Abra fue ocupado por poblaciones humanas desde hace por lo menos 12 mil años. Además, en el área se han encontrado evidencias arqueológicas asociadas a sociedades agroalfareras prehispánicas y también pertenecientes a la época de contacto y conquista, y del período republicano.

Además de estos contextos arqueológicos identificados en el subsuelo, el área arqueológica presenta numerosas evidencias de arte rupestre, el cual compone un legado pictórico y arqueológico que se encuentra al aire libre, teniendo como soporte la roca característica del valle. Cabe destacar que, aunque este patrimonio rupestre nos da otra evidencia de la ocupación humana del lugar, se desconoce con certeza la fecha de su realización.

La preservación de los valores patrimoniales en El Abra

La práctica de escalada en el área arqueológica protegida fue prohibida mediante la Resolución Resolución 304 de 2018 del ICANH, con el fin de evitar factores de alteración al arte rupestre y su soporte pétreo. Para gestionar de manera más puntual la conservación del patrimonio rupestre del área, el ICANH actualmente se encuentra finalizando un Plan de Conservación guiado a este objetivo. Este desanclaje de pines en El Abra, actividad aportada por el grupo de escaladores con el apoyo de la Fundación Edenes de Colombia, se configura como un hito vinculante al Plan de Conservación, que permite garantizar y preservar los valores patrimoniales de este importante sitio. Además, es una demostración de que, al conocer los contextos arqueológicos, y teniendo un adecuado diálogo con los actores presentes en el sitio, se pueden tomar mejores decisiones respecto a las buenas prácticas del cuidado del entorno y del patrimonio.   

 

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.