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Comunicado a la opinión pública

Los Parques Arqueológicos son Patrimonio de todos los colombianos.

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH está comprometido en adecuar los Parques Arqueológicos colombianos y los bienes que éstos contienen, así como en emplear los recursos divulgativos para que estén al alcance y acceso de todos.

Por resolución del Tribunal Administrativo del Huila, en estos momentos eI ICANH se encuentra realizando la adecuación de un sendero que permita vincular el sector “La Estación” a los recorridos de los visitantes.

Actualmente se adelantan las obras necesarias para ello, con el respaldo de la Policía Nacional.

Dicho sendero permitirá además, el tránsito peatonal de las personas que habitan en las inmediaciones del Parque y, en especial, permitirá el tránsito de los niños estudiantes hacia su centro educativo.

En consecuencia, nos permitimos informar que actualmente el Parque de san Agustín se encuentra cerrado por algunos días, mientras se restablecen las condiciones óptimas, de seguridad, manejo patrimonial y bienestar de los visitantes, para su acceso y visita.

Los Parques Arqueológicos de Alto de Ídolos y Alto de las Piedras, en el municipio de Isnos, ofrecen las mejores condiciones para ser visitados y se encuentran abiertos al público, funcionando en completa normalidad.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.