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El ICANH invita a la ciudadanía a comentar el proyecto de resolución que modifica el procedimiento del Registro Nacional de Arqueólogos

Martes, 19 de Abril de 2022

Hasta el 13 de mayo de 2022, los ciudadanos interesados podrán participar con sus comentarios en el proyecto de resolución que modifica parcialmente la Resolución 139 de 2017, por la cual se establece el procedimiento del Registro Nacional de Arqueólogos implementado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) en 2017.

En julio de 2017 entró en vigencia el Registro Nacional de Arqueólogos (RNA), un mecanismo que les permite a las personas que llevan a cabo labores de arqueología validar su idoneidad para adelantar intervenciones en el patrimonio arqueológico de la nación. 

Actualmente, los requisitos de inscripción al RNA están establecidos en la Resolución 139 de 2017 y pueden ser consultados en el botón Trámites >>Registro Nacional de Arqueólogos (RNA) de la sede electrónica del ICANH www.icanh.gov.co No obstante, con el fin de precisar el alcance de la solicitud de inscripción al RNA, las etapas del proceso, los requisitos, los criterios académicos requeridos y sus alcances, y con el fin de establecer deberes y obligaciones de los inscritos en relación con la protección del patrimonio arqueológico, el ICANH ha generado una propuesta de resolución que tiene en cuenta dichos aspectos para incluirlos en la nueva norma.

Este proyecto de resolución se encuentra publicado en la sede electrónica del ICANH para consulta de los interesados con el fin de que participen con sus comentarios y preguntas. Para ello pueden ingresar al documento y al formulario de participación haciendo clic aquí.

La fecha límite para la recepción de comentarios al proyecto de resolución es el 13 de mayo de 2022.

 

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.