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Parque Arqueológico Teyuna-Ciudad Perdida reabre sus puertas hoy, 1.° de diciembre de 2020, cumpliendo todos los protocolos de bioseguridad

Martes, 01 de Diciembre de 2020

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia, ICANH, informa a todos los interesados que el Parque Arqueológico Teyuna-Ciudad Perdida se reabrirá al público a partir de hoy, martes 1.° de diciembre de 2020, implementando todos los protocolos de bioseguridad para garantizar el bienestar de los visitantes y trabajadores. 

 Las medidas de prevención que se usarán para el ingreso son:

      • Uso permanente de tapabocas
      • Registro diario de síntomas y temperatura (no se permitirá el ingreso a personas que presenten síntomas de gripa o un cuadro de fiebre mayor a 38 °C)
      • Desinfección de calzado
      • Desinfección de manos
      • Distanciamiento físico de 2 metros 

Los protocolos de bioseguridad deben ser adoptados, sin excepción, por los trabajadores, proveedores y visitantes dentro de las instalaciones del parque. 

Antes de programar su visita tenga en cuenta lo siguiente:

      • El horario de ingreso al parque es de 7:00 a. m. a 1:00 p. m. 
      • El acceso al Parque Arqueológico Teyuna-Ciudad Perdida está condicionado al cumplimiento del aforo establecido para garantizar los protocolos de bioseguridad y la conservación del parque. 
      • Los guías y prestadores de servicios que ingresen al parque deben atender los protocolos de bioseguridad. 

Para mayor información, consulte la Resolución 986 del 26 de noviembre de 2020, “por la cual se ordena la apertura del Parque Arqueológico Ciudad Perdida y la oficina del ICANH ubicada en el centro histórico de Santa Marta”.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.