Registro y tenencia de bienes muebles pertenecientes al patrimonio arqueológico de la nación
Bienvenido a la página de Registro de bienes muebles pertenecientes al Patrimonio Arqueológico de la Nación. El interesado deberá escoger la opción “Registro” y leer el instructivo correspondiente.
Es importante aclarar, que de acuerdo con lo establecido en los incisos tercero y cuarto del artículo 6 de la Ley 397 de 1997 modificado por el artículo 3º de la Ley 1185 de 2008: “El Instituto Colombiano de Antropología e Historia, ICANH, podrá autorizar a las personas naturales o jurídicas para ejercer la tenencia de los bienes del patrimonio arqueológico, siempre que estas cumplan con las obligaciones de registro, manejo y seguridad de dichos bienes que determine el Instituto.
Los particulares tenedores de bienes arqueológicos deben registrarlos. La falta de registro en un término máximo de 5 años a partir de la vigencia de esta ley constituye causal de decomiso de conformidad con el Decreto 833 de 2002, sin perjuicio de las demás causales allí establecidas”.
No obstante, es necesario señalar que el artículo 2.6.2.4. del Decreto 138 de 2019 “por el cual se modifica la parte VI “Patrimonio Arqueológico” del Decreto 1080 de 2015, Decreto Único reglamentario del Sector Cultura, sobre la solicitud de tenencia precisó: “Las personas naturales o jurídicas podrán solicitar la tenencia de bienes arqueológicos que hagan parte del registro de bienes integrantes del patrimonio arqueológico, garantizando el cumplimiento de las condiciones señaladas en el artículo 112 de la Ley 1801 de 2016 y la Ley 1185 de 2008“, que en términos generales, es conservarlos en buen estado, no realizar intervenciones sin autorización, no enajenarlos, no expórtalos sin permiso, so pena de decomiso por el ICANH y de sanciones administrativas.
Preguntas frecuentes
¿Tienes en tu posesión bienes muebles que forman parte del patrimonio arqueológico de la Nación? ¡Es crucial que los registres ante el ICANH! Este proceso no solo te permite tener la tenencia legal, sino que también contribuye a la protección y valoración de la historia de Colombia.
¿Por qué Registrar tus Bienes Arqueológicos?
En Colombia, el patrimonio arqueológico pertenece a la Nación. Sin embargo, la ley permite que personas naturales o jurídicas obtengan la tenencia legal de estos bienes, siempre y cuando cumplan con las obligaciones de registro, manejo y seguridad establecidas por el ICANH.
Este registro es un requisito obligatorio y una responsabilidad con nuestro pasado. La Ley 397 de 1997 (modificada por la Ley 1185 de 2008) establece que la falta de registro en un plazo máximo de 5 años desde la vigencia de esta ley (o desde que se tenga el bien) puede ser causal de decomiso de tus bienes, según lo dispuesto en el Decreto 833 de 2002, además de otras posibles sanciones.
¿Qué Implica la Tenencia Legal?
Al obtener la tenencia legal de bienes arqueológicos, te comprometes a cumplir con condiciones fundamentales, como:
- Conservarlos en buen estado: Asegurar su óptima preservación.
- No realizar intervenciones sin autorización: Cualquier manipulación debe ser aprobada previamente por el ICANH.
- No enajenarlos (vender o transferir la propiedad): Estos bienes no pueden ser objeto de comercio.
- No exportarlos sin permiso: Su salida del país con fines de investigación o exhibición debe ser autorizada por el ICANH.
El incumplimiento de estas condiciones puede llevar al decomiso de los bienes por parte del ICANH y a la imposición de sanciones administrativas.
¿Cómo Realizar el Trámite de Registro y Tenencia?
Para iniciar tu proceso de registro y tenencia, dirígete a la opción “Registro” en nuestra plataforma y consulta el instructivo detallado. Allí encontrarás todos los pasos y documentos necesarios para cumplir con esta importante labor.
¡Tu acción es clave para proteger el patrimonio arqueológico de Colombia para las futuras generaciones!
Registro
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Tramites
Solicitud de registro y tenencia de bienes arqueológicos
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Solicitud de modificación de tenencia
Subsanación a solicitud de modificación de tenencia
Presentación informe estado de la tenencia
Subsanación a presentación de informe estado de la tenencia
Comunicaciones – Trámite de Registro y Tenencia
Encuesta de satisfacción del trámite
