El crédito eclesiástico: los censos y el circuito comercial en Santafé a finales del siglo XVIII

juan David Cascavita Mora

Martes, 02 de Agosto de 2016 

El presente artículo busca caracterizar el uso que hacía el crédito eclesiástico en los años de 1760 – 1761. Siendo a través del estudio del fenómeno de los censos eclesiáticos una de las maneras con las que se puede ir teniendo una mejor compresión sobre la economía en la ciudad de Santafé a mediados del siglo XVIII, logrando así mostrar que existían dos formas de economías implantadas en la experiencia económica de la ciudad en esos años: una monetaria y no monetaria. Para esto se lograron diferenciar los protocolos notariales referentes al uso de los censos, los denominados de imposición de censo, los denominados de imposición de censo y los de reconocimientos de censo, que muestran la circulación de monetario y de letras de deuda en una economía caracterizada como preindustrial. Este texto termina siendo un llamado de atención para el estudio de este fenómeno en el espacio neogranadino, esto gracias a la riqueza de la información encontrada en los protocolos notariales que fortalecería el desarrollo de la historia colonial.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.