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Arqueología indígena para el registro del Sitio Sagrado del pueblo Pasto Piedra de los Monos, ubicado en el Resguardo indígena de Mueses, departamento de Nariño

(Bogotá, D.C. 15 de agosto de 2025) La Piedra de los Monos es un destacado Sitio Sagrado para el pueblo indígena binacional Pasto y es la única pintura rupestre conocida de este pueblo (mi pueblo). Está ubicada en el Resguardo indígena de Mueses y se considera un sitio cosmo referencial en el que habitan espiritualidades propias por lo que permite rememorar la historia oral desde tiempos muy antiguos, no solo por las pinturas de la piedra sino por su ubicación en el cañón dando más cercanía con el río Pastarán más conocido como Guáitara. Hasta la actualidad éste es un sitio de curación que puede mantener y fortalecer la espiritualidad; por ende, las forma de acercarse al sitio es diferencial partiendo desde el pedir permiso para ingresar y mantenerse ahí de manera favorable como comuneras Pastos.

A pesar de conocer esta importancia al interior de las comunidades, el sitio ha sufrido daños definitivos por desinformación e intereses particulares que privan de un contexto completo a este sitio arqueológico; aún así, en la comunidad aledaña a la Piedra de los Monos se ha mantenido el recuerdo oral y visitantes generaron registros audiovisuales que permitieron pensar mejor el sitio principalmente en términos de cadena operatoria para la ejecución de las pinturas. 

 

Fecha: 21 de agosto de 2025

Hora: 3:00 p.m.

Transmisión: redes sociales del ICANH.

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Glosario

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 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

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 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.