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El ICANH avanza en la implementación del rediseño institucional garantizando los derechos de carrera administrativa

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) continúa avanzando en la implementación del rediseño institucional, adoptado mediante los Decretos 0993 y 0994 de 2025, y en la definición de las acciones necesarias para garantizar los derechos de carrera administrativa de las y los servidores públicos.

Luego de la presentación institucional realizada el pasado jueves 2 de octubre de 2025, en la que se dio a conocer una primera versión del cronograma de implementación, y tras el desarrollo de las etapas de recepción y análisis de observaciones por parte de la comunidad institucional y del sindicato de trabajadores, se comunica a la comunidad el cronograma ajustado, que contiene el detalle de las actividades programadas para las próximas semanas.

A la fecha, la entidad ha expedido dos circulares que constituyen las directrices preliminares para la organización y eventual desarrollo del proceso de provisión de empleos de carrera administrativa mediante encargo, el cual se aplicará de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las apropiaciones respectivas, según lo establece la normativa vigente.

Los documentos que se ponen a disposición de las y los interesados son:

Con la divulgación de esta información, el ICANH reafirma su compromiso con la transparencia, la seguridad jurídica y la garantía de los derechos de quienes ostentan carrera administrativa, al tiempo que avanza de manera ordenada en la implementación del nuevo modelo institucional.

Los documentos mencionados pueden consultarse en los enlaces adjuntos a esta publicación.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.