Conservación en Parques Arqueológicos

Parque Arqueológico de San Agustín. Foto Archivo ICANH

Los vestigios arqueológicos ubicados en los parques arqueológicos nacionales se encuentran en espacios abiertos y están sometidos a condiciones climáticas y factores antrópicos, en algunos casos acciones vandálicas por parte de visitantes o habitantes locales, que aceleran los procesos naturales de deterioro y envejecimiento. Ello exige el desarrollo de labores constantes de conservación y monitoreo. 

Uno de los principales frentes de trabajo de los restauradores que adelantan investigaciones en los parques arqueológicos tiene que ver con el estudio e intervención preventiva sobre aquellos factores que causan el deterioro de los vestigios prehispánicos ubicados en los Parques Arqueológicos. En esta línea de acción se han desarrollado igualmente estudios de capacidad de carga, para establecer los límites máximos del número de visitantes que pueden soportar los sitios arqueológicos, y actividades de capacitación con los trabajadores de los parques, actores claves para el mantenimiento y la preservación del patrimonio arqueológico.  

De manera paralela se realiza el trabajo de conservación de las colecciones arqueológicas de las reservas y exposiciones de los museos ubicados en los parques arqueológicos Nacionales.   

Los programas de conservación llevados a cabo por el Grupo de Patrimonio en cada parque son:

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.