Las epidemias de viruela en la Ciudad de Tunja: 1780 - 1810

Andrea Catalina Gutiérrez Beltrán

La junta de vacuna.

La viruela fue la enfermedad contagiosa que determinó el paradigma en las políticas de prevención y control de las enfermedades presentadas a finales del periodo colonial en el Virreinato de la Nueva Granada y puntualmente en la ciudad de Tunja. Ante la catástrofe generada por la aparición de la viruela en las colonias, las autoridades españolas buscaron mecanismos para controlar la enfermedad e implementaron políticas tendientes a superar las situaciones epidémicas. El uso temprano de la práctica de la inoculación en la ciudad de Tunja contribuyó al control del avance de la enfermedad. La vacuna descubierta a finales del siglo XVIII fue implementada en Tunja gracias a la labor de la Real Expedición Filantrópica de la Vacuna expedición financiada por la corona española, cuya finalidad fue llevar el fluido vacuno a los habitantes de las colonias así como la conformación de Juntas de Sanidad que fueron las encargadas de promover las políticas de higiene pública y continuar la vacunación de los habitantes.

El trabajo de investigación estudia la presencia de la viruela y las políticas de prevención y control establecidas en la ciudad de Tunja, para la segunda mitad del siglo XVIII.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.