Julián Andrei Velasco Pedraza 

Una radiografía del poder

Jueves, 15 de Febrero de 2018

La provisión de oficios de gobierno en el Nuevo Reino de Granada, 1670-1749

Este texto estudia un problema jurídico y político del gobierno del rey en el Nuevo Reino de Granada: la provisión de oficios de gobierno. Esta consistía en que para la conservación y dominación de sus extensos territorios, el soberano delegaba parte de su potestad política en distintos oficiales, hubiera sido por nombramiento directo de él, de alguna institución o de un oficial. Se realizaba para proveer de una serie de cargos que se encargaran de las distintas materias del gobierno indiano. En el caso del distrito de la audiencia de Santa Fe, el rey proveyó (provisión directa o real) los cargos de presidente gobernador, virrey, gobernadores provinciales y corregidores de españoles. A su vez, estos nombraron (provisión delegada o local) a corregidores de naturales, algunos gobernadores provinciales, alcaldes mayores, entre otros oficios (en el caso de los presidentes gobernadores o el virrey); o sus propios tenientes generales o particulares (en el caso de gobernadores y corregidores).

La información recabada en el Archivo General de la Nación, el Archivo General de Indias y el Archivo General de Simancas, revela que la provisión fue uno de los actos y mecanismos de gobierno que dotó al Nuevo Reino de Granada de una estructura política. Provisión de cargos de gobierno que no fue estática, sino que se dinamizaba conforme a los contextos imperiales o de ciertos territorios, y aún más con las vicisitudes de la vida y los deseos de los solicitantes y ocupantes de los puestos. La provisión directa de los cargos se mostró con menor grado de mutabilidad que la local, cuyos cargos mostraron no solo amplitud en los tipos de cargo sino en el mismo proceso de nombramiento. La potestad de autoridades locales para otorgar cargos de gobierno fue tomada por el rey en ciertos momentos, aunque no fue algo uniforme y constante, contrario a lo ocurrido en otras latitudes indianas. Sin embargo, el análisis de cargo por cargo revela características propias de cada uno de ellos y de cada territorio. Esto es evidencia de cómo los mecanismos de gobierno gozaban de gran adaptabilidad para ejercer el poder del rey en un territorio indiano.

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Glosario

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 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

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 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.