Hay coronado Rey nuevo en las Indias y se llama el poderoso Don José Túpac Amaru.

Juan Sebastián Macías Díaz

Jueves, 25 de Febrero de 2021

Imaginarios políticos y gobierno indígena en los llanos del Casanare durante la revuelta comunera 1780 – 1783

A principios de mayo de 1781, en medio de los motines populares que darían origen al movimiento posteriormente conocido como la revuelta de los comuneros del Nuevo Reino de Granada, los indígenas que habitaban la serranía de Morcote destronaron simbólicamente al rey Carlos III de España y proclamaron el inicio de una nueva era precedida por un soberano indígena llamado Túpac Amaru II. A pesar de las múltiples referencias de archivo acerca de la importancia de las ideas, sentimientos y acciones de los indígenas en el desarrollo de la revuelta, la historiografía ha tendido a oscurecer sus logros y estrategias argumentando que la rebelión en la serranía fue el producto de las presiones económicas generadas por las reformas borbónicas y de la manipulación por parte de los criollos de las poblaciones cercanas. Contrario a estas interpretaciones, esta investigación busca demostrar que en el periodo conflictivo de implementación de las reformas borbónicas los indígenas de la serranía desarrollaron una cultura política que rechazo su subordinación política y contempló el fin del gobierno colonial español.

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Glosario

Apreciado(a) ciudadano(a), por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar los términos de respuesta

 Consulta: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Denuncias por actos de corrupción: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, en el que el mal uso de parte de un funcionario de su autoridad y los derechos que se le confían, así como la autoridad relacionada con este estado oficial, oportunidades, conexiones para beneficio personal, contrario a la ley y los principios morales.

 Felicitación: Reconocimiento por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de la Entidad.

 Derecho de petición: Derecho de toda persona a dirigir por escrito, de forma individual o colectiva, a cualquier institución pública, una solicitud relacionada con sus atribuciones y a recibir un acuse  de recibo y una contestación con el acuerdo adoptado.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones..

 Reclamo: Es el derecho fundamental que tiene toda persona de exigir, reivindar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la presentación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.

 Solicitud de acceso a información pública copias: Petición formulada para acceder a la reproducción de la información pública, sin necesidad de que los solicitantes acrediten su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuáles presentan su solicitud o los fines a los cuales habrán de destinar los datos solicitados.

 Conflicto de intereses: Acto que se presenta cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.

 Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatorio o ético profesional.