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Monday, 22 de July de 2013
La suscrita oficina jurídica del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH, ante temerarias afirmaciones de personas inescrupulosas que están circulando en cuanto al trámite sancionatorio contra EMGESA, se permite comunicar a la opinión pública que de acuerdo a las facultades legales establecidas en la Ley 1185 de 2008 y al Decreto Reglamentario 763 de 2009, se procedió a realizar la correspondiente indagación preliminar y se dio inicio a la actuación administrativa del trámite sancionatorio de acuerdo a lo establecido en el Código Contencioso Administrativo; así mismo, se resalta que en los procesos sancionatorios sólo se pueden imponer las sanciones que la Ley y sus Decretos han preestablecido, en éste sentido y cumplidos todos los requisitos legales del debido proceso se impuso una sanción que se hizo efectiva y EMGESA cumplió en los términos establecidos en el acto administrativo de obligatorio cumplimiento. De esta manera el ICANH ha cumplido a cabalidad con las obligaciones y deberes que la Ley le han impuesto.
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